el Contribuyente

¿Qué se necesita para acceder a la pensión por invalidez según la Ley del Seguro Social de 1973?

Foto: Shutterstock

Se ha alegado que el criterio para acceder a la pensión por invalidez es inconstitucional, pero un tribunal resolvió lo contrario.


Para acceder a la pensión por invalidez —por enfermedad o accidente— es necesario estar imposibilitado de obtener ingresos mayores al 50% de los que se hayan obtenido durante el último año de labores (Ley del Seguro Social de 1973, 128; actualmente derogada). Sin embargo, se ha argumentado que ese requisito va contra el derecho a la protección que deriva de esa misma ley y que está previsto en la Constitución Política (1 y 123, apartado A, fracción XXIX), donde se establece que la Ley del Seguro Social debe contemplar seguros, pensiones y servicios encaminados “a la protección y bienestar de los trabajadores” en caso de vejez, invalidez y enfermedad, entre otros casos.

Ese argumento no se sustenta, según el Segundo Tribunal del Séptimo Circuito. En una tesis que responde a ello, han planteado que esa restricción del 50% se justifica “ya que es un parámetro necesario que permite apreciar que el asegurado no tiene la capacidad para trabajar”. Más aún, que esto se previó así “para no poner en riesgo la sostenibilidad del sistema financiero que soporta el régimen de seguridad social en su conjunto”. Además, concluye la tesis, la restricción no impide lograr un bienestar general, de modo que no se vulnera la Constitución.

Puedes revisar la tesis aquí con éstos criterios de búsqueda: Artículo 1198 del Código de Comercio; catálogo: XVI.1o.C.1 C (10a.); publicado el 21 de septiembre de 2018.

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