el Contribuyente

Vacaciones del SAT 2025: se detienen trámites, pero no tus declaraciones

Proponen que el SAT atienda durante sus periodos de vacaciones

(Imagen: El Contribuyente)

La Cuarta Resolución de Modificaciones 2025 declara inhábiles varios días de julio para trámites ante el SAT; las declaraciones y pagos siguen en calendario normal. Conoce cómo aplicar los plazos fiscales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 9 de julio la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, donde actualiza la Regla 2.1.6. y define su primer periodo general de vacaciones para este año: del 18 al 31 de julio de 2025.

Días inhábiles y excepciones clave

Fecha Condición
18 – 31 julio 2025 Inhábiles para trámites, notificaciones y cómputo de plazos ante el SAT
Mismo periodo Hábiles para presentar declaraciones y efectuar pagos de contribuciones

Qué significa para contribuyentes y asesores

Recomendaciones de cumplimiento

La disposición entra en vigor el 10 de julio de 2025, por lo que cualquier trámite ingresado después se sujetará de inmediato al calendario vacacional del SAT.

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