el Contribuyente

¿Qué contribuyentes no pueden pasarse al RESICO?

Conoce qué personas físicas y morales no pueden tributar en el RESICO.

(Imagen: El Contribuyente)

Conoce qué personas físicas y morales no pueden tributar en el RESICO.

Como parte de la Reforma Fiscal para 2022 se implementó el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). 

El RESICO ofrece una simplificación administrativa para que el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz.

La propuesta está orientada a contribuyentes personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos (mdp) facturados conforme a su actividad económica.

En el régimen también estarán las personas morales con ingresos menores a 35 mdp cuyos socios sean personas físicas.

¿Qué personas físicas no tributarán en el RESICO?

De acuerdo con información publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no pueden tributar en el RESICO las personas físicas que:

¿Qué personas morales no tributarán en el régimen de confianza?

Asimismo, no pueden tributar en el régimen las personas morales que se encuentren en los supuestos siguientes: 

 

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Puedes ver la información que publicó el SAT aquí / Fecha de publicación: enero de 2022.

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