el Contribuyente

Carta porte será digital a partir del 2022: SAT

¿Qué información deberá tener el complemento carta porte en 2022

(Imagen: El Contribuyente)

El complemento carta porte servirá para acreditar la legal estancia o tenencia de los bienes o mercancías que se trasladan en territorio nacional.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente informó en un comunicado que el complemento Carta Porte será digital a partir del 2022. 

La autoridad fiscal señaló que el objetivo es que su uso disminuya el contrabando, además de que se tendrá trazabilidad de los productos que ingresan y circulan por el país, por lo que aquellos que actualmente realizan contrabando, ya no podrán hacerlo.

“Aquellos que actualmente realizan contrabando, ya no podrán hacerlo. Tendrán que pagar sus impuestos por el ingreso de mercancía. Esto generará un mercado más justo y piso parejo para los empresarios que siempre han pagado sus impuestos y acabará con la competencia desleal de quienes ingresan mercancías por medio del contrabando”, resaltó. 

¿Para qué se usa el complemento Carta Porte? 

Por otro lado, el órgano explicó que el complemento carta porte pasa de ser un documento en papel a uno electrónico que:

La Carta Porte no se requerirá para la circulación dentro de las ciudades

En este sentido, el SAT aclaró que el complemento carta porte no se requiere para la circulación dentro de las ciudades. 

“Si algún chofer de bicicleta, motocicleta o automóvil entrega mercancía dentro de su localidad, no necesita complemento Carta Porte”, agregó. 

En el documento se expone que tampoco será necesario para camionetas y grúas de carga ligera que transiten por vías locales. 

Además, recordó que solo las autoridades federales son las facultadas para requerir este documento; ni la policía municipal, ni estatal pueden requerirlo.

Antecedentes

El concepto de carta porte se estableció en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal desde el 22 de diciembre de 1993. 

En 2004 se reafirmó el uso del carta porte en el Código de Comercio. 

“Sin embargo, desde ese momento hasta la actualidad, era en papel, el cual podía ser usado varias veces para distintos fletes, facilitando el contrabando”, concluyó. 


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.

Salir de la versión móvil