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Fecha límite y consideraciones para presentar el dictamen ante el IMSS en 2021

Fecha límite y consideraciones para presentar el dictamen ante el IMSS en 2021

(Imagen: El Contribuyente)

La fecha límite para presentar el dictamen ante el IMSS es el próximo 30 de septiembre de 2021.

Algunos patrones están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social por un contador público autorizado. Esto lo deben hacer cuando cuenten con un promedio anual de 300 o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, o cuando opcionalmente quieran dictaminar sus obligaciones [Ley del Seguro Social 16].

De acuerdo con información publicada por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), el dictamen sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de seguridad social, correspondiente al ejercicio 2020, se deberá presentar a más tardar el 30 de septiembre de 2021 [Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización 161].

Consideraciones para presentar el dictamen ante el IMSS en 2021

En este contexto, el IMCP expuso las siguientes consideraciones para la presentación del dictamen:

1. El dictamen debe ser presentado a través del Sistema de Dictamen Electrónico (SIDEIMSS).

2. Para usar el SIDEIMSS se puede consultar el Manual del usuario del SIDEIMSS”.

3. Con la idea de resolver cualquier eventualidad respecto de temas tecnológicos, será importante enviar un mensaje al correo electrónico soporte.dictamen@imss.gob.mx. El mensaje debe incluir los datos del patrón dictaminado:

5. Además del correo electrónico, el SIDEIMSS tiene a disposición de los patrones los siguientes números telefónicos: 80 06 23 23 23 ó 55 41 62 72 95.

6. Se debe revisar la vigencia de la e.firma, tanto del representante legal del patrón como del contador público autorizado, porque será necesaria para enviar el dictamen a través del SIDEIMSS.

7. Antes de enviar el dictamen se debe revisar lo siguiente:

Con lo anterior se podrán evitar las sanciones a las que hace referencia el artículo 176 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

8. Faltan menos de 30 días para que concluya el plazo para la presentación del dictamen. Por eso, es recomendable presentarlo lo antes posible, para evitar eventualidades que puedan poner en riesgo el cumplimiento del patrón y del contador público autorizado.

9. Actualmente el sistema está funcionando de manera adecuada, por lo que no se contemplan prórrogas para la presentación del dictamen.

Puedes ver la información que publicó el IMCP aquí / Fecha de publicación: 2 de septiembre de 2021.


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