el Contribuyente

El SAT cambió, sin aviso, una respuesta sobre plataformas digitales

El SAT podría cambiar de régimen a quienes pasaron al RESICO sin cumplir con los requisitos

(Imagen: El Contribuyente)

El SAT cambió sin aviso una respuesta sobre la base de retención que se debe usar para los contribuyentes que operan a través de plataformas digitales.

En 2020, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) respondió una duda sobre la base de retención que se debe usar para los contribuyentes que operan a través de plataformas digitales. 

La duda y la respuesta de la autoridad fiscal, formaron parte del documento de una reunión con coordinaciones nacionales de síndicos de los contribuyentes, del cuarto bimestre de 2020.

El SAT cambió sin aviso una respuesta

Pero el SAT cambió su respuesta sin previo aviso y sin dejar alguna señal de los cambios que se realizaron.

De acuerdo con un artículo publicado por Fiscalia, a los documentos emitidos por la autoridad se les da casi tanto valor como si fueran parte del marco jurídico. Esto se debe a que son una manifestación de su criterio interpretativo. 

Por eso, el artículo señala que el obrar del SAT resulta desafortunado y genera la siguiente duda: ¿qué otros documentos habrá modificado la autoridad fiscal sin conocimiento de los contribuyentes?

El SAT alineó su respuesta al criterio generalizado

En este contexto, Fiscalia explicó lo siguiente:

En este contexto, el artículo de Fiscalia señala que en México se vive una situación que no es óptima, en la que la autoridad moldea el marco jurídico fiscal de manera discrecional a través de documentos que no tienen , siquiera, la formalidad de un reglamento. Es decir, documentos que en teoría carecen de valor vinculante, se vuelven relevantes porque retratan el potencial actuar de la autoridad.

Por eso, el artículo indica que los contribuyentes aplican la ley considerando las posturas del SAT que no son legalmente vinculantes, y que suelen añadir cargas adicionales a lo que el texto de la ley señala. Esto lo hacen para evitar molestias con la autoridad fiscal.

“En este escenario resulta preocupante que la autoridad, consciente del impacto de sus comunicados, realice cambios a sus criterios sin aviso ni difusión”, consideró Fiscalia.

– Con información de Fiscalia.

https://www.fiscalia.com/publicaciones/16208


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