el Contribuyente

Así se informa la donación de acciones en la declaración anual de personas físicas

Así se informa la donación de acciones en la declaración anual de personas físicas

(Imagen: El Contribuyente)

El IMCP solicitó a la autoridad fiscal que indique qué monto deberá informar en su declaración anual las personas físicas que reciban donación de acciones de un ascendiente.

Las personas físicas pueden recibir donativos en acciones de un ascendiente en línea recta, y dichos ingresos pueden exentar el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR). Esto lo indicó el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) en un planteamiento que presentó al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Ingresos por donación de acciones pueden exentar el pago del ISR

Lo anterior se debe a lo siguiente:

El contribuyente cuenta con tres posibles valores de las acciones

En este contexto, el IMCP consideró que las persona física al presentar su declaración anual e informar los donativos recibidos, necesita saber qué monto debe de informar en su declaración.

Pero, señaló que el contribuyente cuenta con tres posibles valores de las acciones:

Por eso, el IMCP solicitó a la autoridad fiscal que indique qué monto deberá informar en su declaración anual la persona física que reciba en donación acciones de un ascendiente.

El contribuyente deberá considerar el valor que le aplique a su caso concreto

En su respuesta, el SAT reiteró que las personas físicas están obligadas a informar en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y los premios obtenidos en el mismo, siempre que éstos en lo individual o en su conjunto, excedan de 600 mil pesos. [Ley del ISR 90, segundo párrafo].

Además, la autoridad fiscal aclaró lo siguiente:

Por lo anterior, el contribuyente deberá considerar el valor que le aplique a su caso concreto, conforme a lo antes señalado.

Esto lo publicó el SAT en el documento Primera reunión bimestral 2021 con las coordinaciones nacionales de síndicos del contribuyente

La autoridad fiscal advirtió que la información contenida en el documento es de carácter informativo. Por eso, no crea derechos ni establece obligaciones distintas de las contenidas en las disposiciones fiscales.

Puedes revisar el planteamiento del IMCP y la respuesta del SAT aquí / Páginas: 19 y 20 / Fecha de publicación: febrero de 2021.


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.

Salir de la versión móvil