el Contribuyente

Prodecon da 10 días hábiles al SAT para que aclare los esquemas reportables

Prodecon exige al SAT aclaración sobre los esquemas reportables

En un oficio, la Prodecon exigió al SAT que explicara algunas dudas e inconsistencias en la revelación de esquemas reportables que entrará en vigor el próximo año.

El pasado 13 de julio, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) publicó el oficio PRODECON/SASEN/370/2020. En el documento, la Prodecon da 10 días hábiles al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que emita las reglas de carácter general, los instructivos y los formatos guía para dar certeza jurídica en el tema de esquemas reportables.

¿Qué son los esquemas reportables?

Se considera un esquema reportable, a cualquiera que genere o pueda generar, directa o indirectamente, la obtención de un beneficio fiscal en México. Para implementar la nueva obligación, se adicionó el Título Sexto. De la Revelación de Esquemas Reportables al Código Fiscal de la Federación (CFF). Dicho título está integrado del artículo 197 al 202 del CFF.
También está la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2020. Se trata de la regla 1.13. Obligación de los asesores fiscales y contribuyentes de proporcionar la información para revelar esquemas reportables.
La regla indica que los contribuyentes y asesores fiscales obligados (CFF 197 y 198) entregarán la información de los esquemas reportables (CFF 200) a partir del 1 de enero de 2021.

¿Cuál es el problema de la Prodecon?

En su oficio, la Prodecon resalta algunos detalles que deben solucionarse para dar certeza jurídica a los esquemas reportables.

El problema es que, hasta el momento, el SAT no ha publicado esta información. Es decir, todavía no existen los formatos y lineamientos necesarios para cumplir con esta obligación.

Por todo esto, la Prodecon dio un plazo de 10 días hábiles para que el SAT informe sobre la situación en que se encuentra la emisión de las respectivas reglas de carácter general, los instructivos y los formatos guía.
Puedes revisar el oficio en este enlace.

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