En caso de visita domiciliaria del SAT, no hay pero que valga.
Una visita domiciliaria puede ser un acontecimiento casi traumático para muchos contribuyentes, volviéndolos propensos a errores y temeridades. Incluso podrían verse tentados a no acatar con las peticiones de la autoridad durante la visita.
Una visita domiciliaria ocurre cuando la autoridad observa una irregularidad y busca comprobar que los contribuyentes han cumplido con las disposiciones fiscales y ver si hay contribuciones omitidas. En ellas, las autoridades fiscales están obligadas a revisar el historial de contabilidad, bienes, mercancías y ordenar una visita al domicilio.
Con lo anterior, un precedente expuesto por la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, expuso que los contribuyentes no pueden negarse a comprobar o a poner en disposición todo documento si las autoridades fiscales requieren de ello. Es conforme al artículo 45 del Código Fiscal de la Federación, que los contribuyentes están obligados a recibir la visita domiciliaria; y si es el caso, no pueden limitar la documentación requerida por las autoridades.
Puedes revisar la jurisprudencia aquí, página 358
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