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Cuánto puedes deducir realmente en tu declaración anual

Los gastos funerarios son deducibles aunque se paguen en efectivo

(Imagen: El Contribuyente)

Gastos médicos, donativos e intereses hipotecarios tienen un techo compartido. Calcula cuánto puedes deducir realmente según tu nivel de ingresos

Tener facturas en orden y haber pagado con tarjeta no es suficiente para deducir todo lo que quisieras en la declaración anual. La Ley del ISR establece un límite global que restringe el monto total de deducciones personales, independientemente de cuántos comprobantes tengas acumulados.

Este tope aplica al conjunto de conceptos deducibles del Artículo 151: gastos médicos, hospitalarios, donativos, intereses hipotecarios, primas de seguro médico, transporte escolar obligatorio e impuesto local sobre salarios. No todos llegan completos a la declaración.

Cómo funciona el límite global

El último párrafo del Artículo 151 de la Ley del ISR establece que el monto total de deducciones personales no puede exceder la cantidad que resulte menor entre dos opciones:

La que resulte menor es la que aplica. No se puede elegir la más conveniente.

Un ejemplo concreto

El impacto del tope varía significativamente según el nivel de ingresos. Para ilustrarlo:

Un contribuyente con ingresos anuales de $400,000 pesos tiene un 15% equivalente a $60,000 pesos. Como esa cifra es menor que los $198,031.80 de la UMA, su límite real de deducciones es $60,000 pesos, aunque tenga facturas por más.

Otro contribuyente con ingresos de $1,400,000 pesos calcula un 15% de $210,000 pesos. Como esa cifra supera el tope de la UMA, su límite son los $198,031.80 pesos. Tampoco puede deducir el total aunque sus comprobantes lo respalden.

En ambos casos, el excedente de deducciones simplemente no aplica. No se arrastra al siguiente ejercicio ni genera ningún beneficio adicional.

Qué deducciones quedan fuera de este tope

Dos conceptos importantes no entran en el límite global:

Aportaciones complementarias de retiro. Las aportaciones deducibles bajo la fracción V del Artículo 151 tienen su propio tope —el 10% de ingresos acumulables o cinco veces la UMA anual— y se calculan de forma independiente. No compiten con el resto de las deducciones personales por el mismo espacio.

Colegiaturas. Su deducción está prevista en un decreto de beneficios fiscales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, no en el Artículo 151. Como el tope global solo aplica a las deducciones de ese artículo y del 185, las colegiaturas quedan excluidas del límite. Puedes deducirlas sin que reduzcan el espacio disponible para tus gastos médicos o donativos.

El caso especial de los donativos

Los donativos tienen una restricción adicional antes del límite global: solo son deducibles hasta el 7% de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior, calculados antes de aplicar las deducciones personales. Una vez que pasan ese filtro, el monto que resulte sí entra al límite global junto con el resto de las deducciones.

Para que procedan, los donativos deben hacerse a la Federación, estados, municipios, sus organismos descentralizados que tributen como personas morales no lucrativas, o a instituciones autorizadas por el SAT para recibir donativos deducibles. No aplica si el bien donado ya fue deducido en una actividad empresarial o profesional.

Cómo verificar tu límite antes de presentar

El cálculo es directo: suma el total de tus ingresos del ejercicio —incluyendo los exentos— y obtén el 15%. Compara ese resultado con $198,031.80. El que sea menor es tu techo de deducciones personales para este ejercicio.

Si el total de tus comprobantes supera ese monto, el sistema del SAT aplicará automáticamente el tope al calcular tu impuesto. Pero conviene verificarlo antes de enviar, para evitar confusión con el resultado final y tener claro desde dónde viene el número que aparece en pantalla.

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