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El SAT permite deducir pagos en efectivo en localidades sin bancos

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La autoridad fiscal pueden liberar de la obligación de pagar las erogaciones a través transferencia, cheque o tarjeta pero se debe presentar un aviso

Uno de los requisitos generales para la deducción de gastos es que los pagos cuyo monto exceda de 2,000 pesos se efectúen mediante alguno de los siguientes medios de pago:

Lo anterior lo establece el Artículo 27, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Liberación de la obligación

De acuerdo con la consultora Fiscalia, esa misma fracción prevé que las autoridades fiscales pueden liberar de la obligación de pagar las erogaciones a través de dichos medios, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios financieros.

Aviso para la liberación de la obligación

Además, la Regla 3.15.14., de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, establece que el relevo de esta obligación se tendría siempre que se tratara de poblaciones o zonas rurales incluidas en el listado dado a conocer a través del portal de internet del SAT. Esto, bajo la condición de que se presente un aviso a través de buzón tributario en términos de la ficha de trámite 126/ISR ‘Aviso para la liberación de la obligación de pagar erogaciones con transferencias electrónicas, cheque nominativo, tarjeta o monedero electrónico’, contenida en el Anexo 1-A.

Solicitud de autorización para la liberación de la obligación

Adicional a lo anterior, la misma regla prevé la posibilidad de quedar liberado de estos requisitos cuando se hagan erogaciones en zonas que no están incluidas en el referido listado, pero siempre que se presente una solicitud de autorización, aplicando para ellos la ficha 69/ISR ‘Solicitud de autorización para la liberación de la obligación de pagar erogaciones con transferencias electrónicas, cheque nominativo, tarjeta o monedero electrónico’.

Poblaciones o zonas rurales sin servicios financieros

El listado de las poblaciones o zonas rurales sin servicios financieros puede ser consultado directamente aquí.

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