el Contribuyente

🐶 ¿Tienes mascotas? Puedes ser sancionado si no cumples con estas obligaciones legales

Así se como la ley castiga el maltrato animal en la CDMX

Husky encerrado en caja madera. (Imagen: Shutterstock)

Tener una mascota conlleva una gran responsabilidad, por lo que es importante estar informado respecto a los ordenamientos legales relacionados.

Tener mascotas conlleva una gran responsabilidad, y no solamente hacia el animal. También hay que cumplir cierta normatividad legal, por lo que es importante estar informado al respecto.

¿Qué obligaciones contiene la ley de la CDMX si tengo mascotas?

El artículo 26, de la Ley de Cultura Cívica de la  Ciudad de México, que compendia las infracciones contra la dignidad de las personas. Respecto a las mascotas, contempla como infracción que:

La sanción en este caso será una infracción tipo D, arresto de 20 a 36 horas o de 10 a 18 horas de trabajo en favor de la comunidad, según dicta el articulo 31

Por su parte, el artículo 27 habla sobre las infracciones en contra de la tranquilidad de las personas:

Cabe señalar que, si bien la Ley de Cultura Cívica de la CDMX considera lo anterior como una infracción, no contempla una sanción para la misma.

Algo muy importante es que todos los ciudadanos se sientan seguros, tanto en el lugar donde viven como donde conviven. Así, el artículo 28 trata las infracciones contra la seguridad ciudadana, este artículo contempla las siguientes reglas:

Si tienes una mascota, también podrías verte afectado por las siguientes infracciones contra el entorno urbano de la ciudad, contenidas en el artículo 29:

Las sanciones que aplican tanto para las infracciones contra el entorno urbano de la ciudad, como las infracciones contra la seguridad ciudadana, pueden ser multas de entre 929.39 y 3 mil 379.6 pesos, arresto de entre 13 y 24 horas, o trabajo comunitario de entre 6 y 12 horas

Se puede presentar la situación en donde, si la persona es jornalera, obrera o trabajadora, no se podrá multar con un mayor importe de su jornada o salario obtenido en un día. Sin embargo, si trabaja pero no cuenta con un salario, la multa no excederá del equivalente a un día de su ingreso.

La persona juzgadora, dependiendo de la gravedad de la infracción podrá imponer como sanción la amonestación, cuando en el registro del juzgado no existan antecedentes. 


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