el Contribuyente

SAT da plazo para que se regularicen contribuyentes que realizan actividades vulnerables

Foto: Shutterstock

Quienes se acojan a la facilidad, podrán recibir una condonación de las multas generadas entre el 1 de julio de 2013 y el 31 de diciembre de 2018.

El SAT informó a través de un comunicado que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las disposiciones que regulan los programas de autorregulación para los contribuyentes que realicen actividades vulnerables, mismas que entrarán en vigor luego de 45 días hábiles de su publicación.

Las disposiciones incluyen la forma, términos y procedimientos con los que los contribuyentes que realicen actividades vulnerables y no estén al corriente de sus obligaciones en materia de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita correspondientes al periodo que va del 1 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018.

El SAT condonará las multas generadas por el periodo siempre que hayan sido corregidas todas las irregularidades o incumplimientos al momento de haberse realizado la actividad vulnerable.

Los contribuyentes que quieran acogerse a la facilidad tendrán que presentar la solicitud a través del Sistema del Portal en Internet de Lavado de Dinero antes de cumplidos 30 días hábiles a partir de la entrada en vigor de las disposiciones. En la solicitud deberán manifestar, bajo protesta de decir verdad, su voluntad de corregir y subsanar las irregularidades u omisiones.

Una vez aceptara la solicitud, hay un plazo de seis meses para subsanar las irregularidades o incumplimientos, tras el cual, durante los siguientes 20 días hábiles se podrá solicitar a través de un escrito la condonación de las multas.

Los contribuyentes que estén en alguno de los siguientes supuestos no podrán acogerse a la facilidad:


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