el Contribuyente

? Hay que pagar ISR por los intereses que paga el fisco por devoluciones hechas fuera de plazo

Foto: Shutterstock

Si las autoridades fiscales realizan la devoluci贸n fuera del plazo establecido, tienen que pagarle intereses al contribuyente, pero le cobrar谩n el ISR de ese pago.

Las autoridades fiscales tienen que devolver a los contribuyentes las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales, y pueden iniciar facultades de comprobaci贸n para verificar la procedencia de la devoluci贸n (C贸digo Fiscal de la Federaci贸n 22).

Si la autoridad autoriza la devoluci贸n, tiene que realizarla dentro de los 10 d铆as siguientes a aqu茅l en el que se notifique la resoluci贸n respectiva, porque si se efect煤a fuera del plazo mencionado, deber谩 pagar intereses (C贸digo Fiscal de la Federaci贸n 22 y 22-A).

Estos intereses tienen una naturaleza indemnizatoria porque reparan el perjuicio sufrido por el contribuyente ante la imposibilidad de disponer de los montos correspondientes a la devoluci贸n y con ello obtener una ganancia o rendimiento.

Por su parte, las personas f铆sicas y morales residentes en M茅xico est谩n obligadas a pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR) respecto de la totalidad de sus ingresos. En ese sentido, los intereses moratorios se considerar谩n ingresos acumulables al igual que cualquier otro ingreso por rendimientos en intereses (Ley del Impuesto sobre la Renta 1, fr. I, 8, 18, fr. IX y 133).

Por eso, los intereses moratorios pagados por la autoridad fiscal a los contribuyentes, con motivo de una devoluci贸n de saldo a favor o de pago de lo indebido, son ingresos acumulables para efectos del ISR. Eso se debe a que se trata de la obtenci贸n de un ingreso que modifica el haber patrimonial del contribuyente, porque reparan el perjuicio causado al entregar las ganancias que se hubieran obtenido de haberse puesto oportunamente a su disposici贸n los montos respectivos.

Puedes revisar la tesis aqu铆. O en el Semanario Judicial de la Federaci贸n con este criterio de b煤squeda: Los intereses pagados; cat谩logo: 2a./J. 30/2019 (10a.); publicada el 15 de marzo de 2019.


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