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Los mexicanos que regresen definitivamente al país no pagarán impuestos en aduanas (con excepciones)

El SAT anunció facilidades para los connacionales provenientes de Estados Unidos.




2 marzo, 2017

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que habrá más facilidades para los mexicanos que regresen al país permanentemente desde Estados Unidos.

Las nuevas facilidades son las siguientes:

1) Podrán ingresar sin pagar impuestos con los siguientes artículos usados: una aspiradora, una batidora, una cafetera eléctrica, un calentador eléctrico, un estéreo, una estufa, un extractor de jugo, un frigobar, un horno de microondas y uno eléctrico, una lavadora, una lavavajilla, una licuadora, una plancha, una podadora, una pulidora de pisos para uso doméstico, un purificador de aire, un refrigerador, una sandwichera, una secadora de ropa, un tostador y una waflera.

2) Traer las herramientas que utilizaban para el desarrollo de su oficio u ocupación con un valor de hasta 5,000 dólares.

3) Aumento de la franquicia a 1,000 dólares, en artículos diferentes a los que traen en su equipaje, cantidad acumulable por cada integrante de su familia.

Para usar estos beneficios tendrán que registrarse en el Instituto Nacional de Migración o en el consulado más cercano.

Estos beneficios se añaden a los ya existentes, como el ingreso, sin el pago de impuestos, de los artículos que son parte de su equipaje personal, por ejemplo, los bienes de uso personal, ropa, dos cámaras fotográficas, dos equipos deportivos, libros y revistas, entre otros.

También pueden ingresar a México, su mudanza o menaje de casa, consistente en el mobiliario y artículos del hogar, sin pagar impuestos, realizando el trámite correspondiente. Además, pueden ingresar su vehículo usado, cumpliendo con los requisitos de una importación definitiva y con el pago correspondiente. En ambos casos, deberán usar los servicios de un agente aduanal.

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Si van a ingresar más de 10,000 dólares en efectivo, cheques o cualquier otro documento por cobrar, deben declararlo a las autoridades aduaneras.

 





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