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Aclara el SAT: no estar en negocio en horas laborales no amerita cancelación de sello digital

Es incorrecto decir que no estar en el domicilio fiscal amerite la cancelación del certificado de sello digital, según un comunicado compartido por la jefa del SAT en su cuenta de Twitter personal.



margarita ríos farjat conferencia de prensa factureras sobre cancelación de sello digital
(Imagen: Servicio de Administración Tributaria)
30 octubre, 2019

El 28 de octubre diario Reforma publicó una nota titulada “Castigará SAT ausentismo en negocios”. En ella se cita la opinión del abogado fiscalista Bernardo Elizondo Ríos, quien afirma que las atribuciones del SAT por la famosa ‘Ley Antifactureras’ son tales que puede cancelar un certificado de sello digital si no localiza a un contribuyente en su negocio en horas laborales.

“Si un auditor del SAT llega al domicilio fiscal de un contribuyente y no hay nadie”, dijo el fiscalista, “es causal suficiente para quitarle sus sellos digitales y considerar que no está localizable”.

La noticia causó un revuelo e indignación tales que la propia jefa del SAT, Margarita Ríos-Farjat, publicó un comunicado al respecto en su cuenta de Twitter personal:

En el documento, la jefa del órgano fiscalizador asegura que es incorrecto decir que el que un auditor no encuentre a un contribuyente en su domicilio fiscal sea suficiente para cancelarle el certificado de sello digital.

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La funcionaria explicó que el SAT realiza “diversos procesos de autoridad” para verificar los datos manifestados ante el RFC, como el domicilio fiscal, la actividad económica o la infraestructura que respalda la actividad.

Si bien estas verificaciones sirven como insumo para otros procesos de fiscalización, dice el comunicado, la no localización no implica la cancelación del certificado de sello digital.

Además, dice el texto compartido por Ríos-Farjat, las acciones para combatir a las factureras se centrarán en las redes que de forma reiterada o permanente se dediquen a esta práctica.

Por otro lado, menciona que el SAT tiene la obligación de notificar a los contribuyentes sobre los actos administrativos dirigidos a ellos para dar certeza.

El SAT ya podía cancelar certificado de sello digital por no estar en horas laborales

Sin embargo, de acuerdo a Roberto Colin Mosqueda, especialista del Colegio de Contadores Públicos de México a quien consultó El Contribuyente, el SAT ya podía cancelar un certificado de sello digital como consecuencia de una visita domiciliaria desde antes de la ‘Ley Antifactureras’.

“Si revisamos el articulo 10 y el 27 del Código Fiscal, se prevé que la autoridad fiscal pueda hacer diligencias para verificar el domicilio fiscal del contribuyente”, dijo.


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