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El SAT expone tus ingresos en la “opinión de cumplimiento” si declaraste en ceros pero tus CFDI te delatan

Se solía obtener una opinión de cumplimiento positiva aunque hubieras declarado en ceros y tuvieras un CFDI de ingresos. Qué buenos tiempos aquéllos.



Si declaraste en ceros y tienes un CFDI de ingresos, tu opinión de cumplimiento será negativa
(Imagen: Shutterstock)
9 agosto, 2019

Entre las dificultades técnicas para hacerte de este documento y las nuevas condiciones para tener una opinión de cumplimiento positiva, ahora el SAT expone tus ingresos si declaraste en ceros y tienes CFDI pendientes. Una “bendición” que se debe a la factura electrónica. Gracias a que la autoridad fiscal puede cotejar los CFDI que hayas emitido, es posible notar estas discrepancias. Además, mientras así lo vea la autoridad, tu carta 32D aparecerá como “negativa”.

La opinión de cumplimiento es un documento con el que la autoridad, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), opina respecto a qué tan cumplido es un contribuyente. Así, este documento (también conocido como 32D) sirve, entre otras cosas, para poder hacer negocios con alguna institución pública, puede aparecer como “positiva” o “negativa”. Es decir, la autoridad puede opinar que un contribuyente ha cumplido o que no lo ha hecho. Es una manera en la que algunas empresas privadas también la piden antes de cerrar un contrato con un tercero.

Una opinión de cumplimiento negativa no sirve de nada, más que para saber qué te falta por corregir. Por ello es importante que conozcas los requisitos para que tu opinión sea positiva. Aquí cómo la puedes descargar para bajar el pdf.

Así se verá tu opinión de cumplimiento si declaraste en ceros pero sí tienes ingresos:

opinión de cumplimiento negativa por declarar en ceros

(Imagen: cortesía)

Los cambios de la opinión de cumplimiento

La obtención de la opinión de cumplimiento está regulada por dos documentos:

  • la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), en la regla 2.1.39;
  • y el Anexo 1-A de la RMF, en la ficha de trámite 1/CFF.

La RMF de 2019, publicada en abril, tiene nuevos requisitos para que sea positiva. Uno de estos es no haber declarado en ceros y no haber emitido un CFDI de ingresos durante el mismo periodo.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

Paso a paso: Descarga la opinión de cumplimiento del SAT o carta 32-D

A pesar de que la RMF 2019 fue publicada en abril, fue hasta agosto que estos requisitos entraron en vigor.

“Muchos contribuyentes y algunos despachos contables recurrían a presentar las declaraciones en ceros para dar cumplimiento con sus obligaciones. Sin embargo, la modificación realizada a este informe del SAT detecta en qué periodos el contribuyente emitió CFDI de ingresos, aunque en su declaración informo cero ingresos”, dijo en entrevista con El Contribuyente Adrián Misael Domínguez, del Despacho Contable D. C.

Esto significa que para obtener una opinión de cumplimiento positiva es necesario declarar y pagar tus impuestos, con base en tus ingresos acumulables y deducciones.


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