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El empleado del SAT que le mentó la madre a contribuyente consiguió un amparo y no irá a la cárcel

En 2014, un empleado del SAT le mentó la madre a un contribuyente y se fueron a juicio. Al final le otorgaron un amparo. Aquí te explicamos qué pasó.



Oficinista o burócrata enojado en un escritorio lleno de papeles que le mentó la madre a clientela, rompe hoja.
(Foto: Shutterstock)
23 mayo, 2019

El 19 de marzo del 2014, Lucas Solís Martínez, empleado del Servicio de Administración Tributaria en Guanajuato, estaba atendiendo a un contribuyente. Ésta había ido a tramitar su firma electrónica. En algún momento durante el trámite, Solís perdió la compostura y le dijo “chinga a tu madre”. Si ya has tramitado tu firma electrónica, debes saber que el que este funcionario le haya mentado la madre no es algo que pase comúnmente.

El contribuyente llamó al supervisor de Solís y le pidió que repitiera lo que había dicho segundos antes. Aquí, Lucas Solís Martínez tuvo que tomar una decisión: callarse y pedir perdón o defender lo que había dicho hacía unos minutos. Como era un “hombre de principios”, que de verdad creía fervientemente que sí, de hecho, el contribuyente debía irse a “chingar a su madre”, le mentó la madre de nuevo frente al supervisor.

El embrollo legal

Después de ratificar “la situación de la madre”, Lucas Solís fue denunciado penalmente y sentenciado en primera instancia. Lo mismo pasó en la segunda instancia y en juicio de amparo. Por apelación, el caso llegó hasta la Suprema Corte. En el 2017, mientras se llevaba a cabo el juicio de amparo, se derogó la fracción del artículo del Código Penal Federal (artículo 215, fracción II) con la que se había sentenciado al empleado del SAT. El artículo habla sobre el abuso de autoridad, y la fracción II dice que ejercer violencia o insultar también constituyen un abuso.

En ese momento, Lucas Solís había sido sentenciado a un año de cárcel, una multa de 50 días de salario y una inhabilitación de un año en el servicio público. Pero en el amparo, los jueces de la Suprema Corte se basaron en que si una persona es juzgada con una ley vigente, pero luego se cambia o elimina esa ley y la sanción es menor, a la persona se le debe aplicar la ley que más lo beneficie.

Por eso, el Tribunal de Guanajuato que sentenció a Solís debe revocar su sentencia con una sanción menor. Un proceso legal de cinco años por una firma electrónica y una mentada de madre. ¿Valió la pena?


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