El Contribuyente
Síguenos
empty

Si la orden de visita no cumple los requisitos, todo lo emanado de ella se anula

Así lo reiteró la primera sección de la sala superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.



imss, contabilidad, el contribuyente,
Foto: Shutterstock
20 marzo, 2019

Si una orden de visita de la autoridad fiscal se declara ilegal por no tener los requisitos necesarios planteados en la ley (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 16 y Código Fiscal de la Federación 38, fr. III), todo lo que de ella emane será en sonsecuencia nulo. Esto aplica a la resolución que derive de esa visita, pues al basarse en los hechos y omisiones de la misma, debe declararse nula

Así lo reiteró la primera sección de la sala superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, porque si el acto que originó la actuación de los visitadores es ilegal, vicia todo lo actuado.

Puedes revisar la tesis aquí, páginas 625 y 626, clave: VIII-P-1aS-506; publicada en enero de 2019.


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral), a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes).






Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

Sin cárcel preventiva por defraudación fiscal! Diputados aprueban cambio a reforma

Antonio Martínez Dagnino, ratificado al frente del SAT para fortalecer fiscalización y recaudación

¿Se le olvidó al SAT? Más de tres años sin publicar resoluciones favorables para los contribuyentes

Detectan problema para deducir pagos a través de intermediarios

¿Por qué los gastos pagados a través de intermediarios pueden ser no deducibles?