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Se buscará minimizar carga administrativa del seguro social a empleadas domésticas

Se implementará un programa piloto con la finalidad de afinar detalles legislativos y administrativos al darle seguro social a una empleadas domésticas.




Foto: Shutterstock
26 diciembre, 2018

El pasado miércoles 5 de diciembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró discriminatorio y anticonstitucional que la inscripción una empleada doméstica al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no sea de carácter obligatorio.

El programa piloto

Es por esta razón que para el 2019 se plantea un programa piloto con la finalidad de diseñar e implementar un régimen especial para las trabajadoras domésticas. Cumplir con las obligaciones patronales deberá ser lo más sencillo posible, pues muchos de los empleadores de las trabajadoras domésticas, al ser amas de casa, en principio no se encuentran inscritas al Seguro Social.

En la elaboración del régimen se deberán tomar en cuenta los aspectos específicos que conlleva el trabajo doméstico, y precisar qué se considerará como tal para evitar caer en confusiones respecto a qué trabajadores incluir en este régimen.  

El IMSS cuenta con un plazo de 18 meses a partir de la implementación del programa piloto para presentar ante el congreso las adecuaciones legales necesarias.

¿Qué cambios en la legislación cabe esperar?

Aunque actualmente el trabajo doméstico es reconocido como una relación laboral, éstos trabajadores no tienen acceso a las prestaciones que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) y que señala como obligaciones de los patrones a los trabajadores. Debido a una excepción de la Ley del Seguro Social se encuentran en el régimen voluntario, lo que quiere decir que el seguro lo tienen que contratar por su cuenta, además no están cubiertos de la misma manera que otros trabajadores.

Probablemente tenga que modificarse la Ley Federal del Trabajo, cuyo artículo 146 dice que los patrones no están obligados a pagar las aportaciones que se encuentran en el artículo 136, que dice que los patrones están obligados a proporcionar habitaciones cómodas e higiénicas, por lo que deberán realizar aportaciones al Fondo Nacional de Vivienda del 5% del salario de sus trabajadores. Mientras que la Ley del Seguro Social tendrá que modificarse en el numeral 13 fracción II, que dice que el aseguramiento es voluntario para los trabajadores domésticos.

¿Qué repercusiones cabe esperar de esta medida?

Para el trabajador habrá varios beneficios, ya que más personas trabajadoras tendrán derecho a la seguridad social y por lo tanto tendrán derecho a una pensión, a tener atención médica y acceso a los subsidios por incapacidad…

En cambio, el patrón tendrá que pagar más. Se generará una nueva obligación fiscal para alguien que muy probablemente actualmente no las tiene. Por ejemplo, un asalariado a quien su patrón le retiene quincenalmente el ISR de sus ingresos ahora tendrá que pagar las cuotas del seguro social. ¿También tendrá que hacer retenciones de ISR a su empleada doméstica?

¿Habrá contratos?

Un contrato es un acuerdo de voluntades, por lo que sí existe un contrato. La salvedad es que en éstos casos no suelen estar protocolizados. Que esto pase en el futuro, por ahora no es seguro.

Generalmente los contratos se llevan a cabo con los trabajadores para salvaguardar los derechos del patrón y los trabajadores, para que en caso de haber un problema, haya bases documentadas sobre las condiciones en que se pactó el contrato.

Protocolizar los contratos podría generar más problemas que soluciones y la intención es que estas personas tengan acceso a la seguridad social y que el patrón pague por eso, sin embargo la implementación de estos contratos podría desmotivar a los patrones para que cumplan con esta legislación.

Con información de Rolando Silva Briseño, presidente de la Comisión De Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México


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