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El SAT publicó la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

Las modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 están relacionadas a los estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago.



Foto: Shutterstock
13 noviembre, 2018


El día de ayer, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos en su portal.

En el documento se modifica el capítulo 11.5 del decreto que otorga estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago, y que comprende de las reglas 11.5.1. a la 11.5.9.

A continuación te ofrecemos un breve resumen de cada una de las reglas aludidas de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018:

Regla Descripción
11.5.1. Las bases del sorteo del Buen Fin se darán a conocer en el portal del SAT. Las entidades interesadas en participar en el sorteo deberán inscribirse usando la ficha de trámite 1/DEC-5 “Aviso para participar en el sorteo “El buen Fin”.
11.5.2. Las entidades federativas deberán manifestar conformes en el uso del procedimiento de compensación permanente de fondos respecto a los fondos generados por concepto de impuestos locales por la obtención de premios y la organización de sorteos.
11.5.3. La Secretaría de Hacienda deberá hacer saber a cada entidad federativa a cuánto ascendieron los premios entregados en cada una de ellas. Esto con la finalidad de que sepan cuántos impuestos le corresponde cobrar a cada una.
11.5.4. El SAT determinará el monto por los premios no reclamados y se lo comunicará a cada sujeto para que sea reintegrado a la Secretaría de Gobernación.
11.5.5. Las entidades participantes podrán acreditar el estímulo fiscal contra el ISR propio o retenido, siempre que el SAT haya notificado vía buzón tributario que cumplió con la entrega de información requerida.
11.5.6. Las entidades participantes deberán informar a la autoridad sobre los premios que se hayan entregado efectivamente a los ganadores.
11.5.7. Además, las entidades participantes deberán entregar la información a la que refiere la ficha de trámite 4/DEC-5 contenida en el Anexo 1-A (que podrás descargar aquí).
11.5.8. Aunada a la información anterior, las entidades deberán entregar la información relacionada con los pagos correspondientes a los premios entregados a los tarjetahabientes, según se indica en la ficha 5/DEC-5, también disponible en el Anexo 1-A.
11.5.9. Las entidades también deberán entregar la información relativa a los premios entregados por entidad federativa, según se indica en la ficha de trámite 6/DEC-5, contenida en el Anexo 1-A.

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