el Contribuyente

¿El impuesto se genera cuando se expide el CFDI o cuando se recibe el pago?

Foto: Shutterstock

El impuesto se genera al acumular ingresos, pero eso no es tan sencillo de explicar como pareciera, por eso, la Prodecon propuso el criterio que aquí explicamos.


Para calcular cuánto dinero tienes que pagar en impuestos durante un ejercicio determinado, tienes que calcular los ingresos que tuviste durante ese periodo. A primera vista puede parecer simple, sin embargo hay algunos aspectos que pueden resultar controversiales. Por ejemplo, ¿la acumulación de ingresos ocurre cuando se emite el CFDI o cuando se recibe el pago?

Para responder a esta cuestión, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) publicó un criterio sustantivo en el que invoca la versión vigente hasta 2013 del artículo 18, fracción I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. En éste, dice el ómbudsman fiscal, se establecían tres momentos distintos en los que podía ocurrir la acumulación de ingresos: 1) al expedir el CFDI, 2) al entregar el bien o prestar el servicio, y 3) cuando la contraprestación sea total o parcialmente exigible. El primero de estos tres momentos en ocurrir, generará la acumulación de ingresos.

Así, si un negocio expidió una factura por una venta durante un ejercicio, de acuerdo a la Prodecon debería incluirla en la acumulación de ingresos del mismo, sin importar que no haya entregado el bien, prestado el servicio o recibido el pago.

Si bien la Procuraduría no lo menciona, de su criterio sustantivo también se desprendería que la entrega del bien o la prestación del servicio son hechos suficientes para generar la acumulación de ingresos, con lo que la transacción debería considerarse en el cálculo de los impuestos del ejercicio aunque no se haya emitido el CFDI o recibido el pago.

Puedes revisar este criterio sustantivo aquí. Año: 2018 / Subprocuraduría: Protección de los Derechos de los Contribuyentes / clave 14/2018/CTN/CS-SPDC


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