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Ahora también tendrán que pagarse los minutos extra

En una resolución de contradicción de tesis, la SCJN decidió que podrán sumarse en horas extra.




Foto: Shutterstock
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15 junio, 2018

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó por unanimidad a favor de que los minutos extra puedan acumularse y ser cobrados como horas extra. Es decir, si el lunes te vas diez minutos tarde, el martes y el miércoles cinco, el jueves diez y el viernes 30, podrás sumar los excedentes y cobrar una hora extra.

La SCJN resolvió que los minutos extra sólo se pueden pagar si al término de una semana suman una hora extra, lo que quiere decir que si al finalizar la semana no consigues sumar una hora extra, los minutos que hayas trabajado de más no te serán pagados.

Los máximos legales de las jornadas laborales son de ocho horas en la mañana, siete horas en la noche y siete horas y media si se trata de una jornada mixta. Cualquier hora adicional a la jornada laboral se tiene que pagar al doble, hasta sumar un máximo de 9 horas extra por semana. Cualquier hora adicional a estas 9 se deberá pagar al triple.


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