El Contribuyente
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El SAT me negó mi devolución injustamente, ¿puedo llevar mi caso al Tribunal Federal de Justicia Administrativa?

Sí, pero también conviene considerar otras opciones. 




Foto: Shutterstock
16 mayo, 2018

Las dos razones más comunes por las que los contribuyentes se pelean con el SAT son la imposición de un crédito fiscal y que no les otorguen su devolución. Como todo en la vida, al final se trata de dinero. En general, la mejor opción es ir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa para ver si ellos pueden arreglar todo el problema, preferentemente, a tu favor.

El marco teórico

Lo primero que tienes que saber es que según la interpretación del artículo 1 de la Constitución, el TFJA tiene la obligación de proteger y garantizar los derechos humanos. Siguiendo esta lógica, debe analizar a fondo las solicitudes de devolución de saldo a favor de contribuciones que se hagan en el juicio contencioso administrativo cuando se le haya negado la devolución al contribuyente.

Además de esto, los artículos 50 y 51 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establecen que las Salas del TFJA deben resolver estos casos siguiendo los principios de exhaustividad, congruencia y mayor beneficio en sus sentencias. Es decir, deben llevarlo hasta sus últimas consecuencias, tomando en cuenta las leyes y otros casos similares y buscando que se favorezca al contribuyente.

Antes de empezar

Una opción que debes considerar antes de irte de lleno al juicio contencioso administrativo (el que se hace ante el TFJA), es el recurso de revocación; es un medio de defensa que te permite presentar pruebas que no serían aceptadas en el juicio. Con este recurso, presentas las pruebas para que sean analizadas por el SAT. La autoridad fiscal emitirá una resolución que, con suerte, puede dejar sin efectos el acto que quieres impugnar.

Además, el recurso de revocación se revisa en un mes o un mes y medio, que es un tiempo bastante razonable.

Si decides irte a juicio

Te conviene saber que el Primer Tribunal Colegiado en materia administrativa del Cuarto Circuito publicó una nueva tesis aislada para cuando los contribuyentes hagan un juicio contencioso administrativo porque no se les dio la devolución por pago de contribuciones.

Lo que dice es que si el contribuyente presenta una petición para que se desvirtúen los motivos por los que se desecha la devolución, las Salas deben examinar esta petición siguiendo los principios de exhaustividad, congruencia y mayor beneficio. Si las Salas encuentran evidencia suficiente para que se desvirtúen los motivos, deben analizar todos los conceptos que impidan que se declare a favor del contribuyente y su petición. Es decir, si encuentran que tienes razón y te negaron injustamente la devolución, el TFJA debe encargarse de que se arregle la situación.

Otra cosa que te conviene saber es el que SAT tiene una efectividad de casi 50 por ciento en estos juicios.


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