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Estos son los cambios del más reciente anteproyecto para la Resolución Miscelánea Fiscal 2018

Que no te agarren en curva. Mejor entérate.




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Foto: Shutterstock
11 abril, 2018

De vez en cuando, el SAT anuncia en su página oficial los anteproyectos para los cambios en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). El último de ellos se publicó el 23 de marzo en su página oficial. Saber lo que estos cambios implican es importante, pero no hay que perder de vista el hecho de que sólo serán oficiales hasta que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación; antes de eso, sólo son posibilidades.

Estos son los cambios más importantes en esta nueva versión.

3.9.18 Plazo para presentar información de partes relacionadas (personas físicas o  morales que participan en la administración del capital de otra persona) residentes en el extranjero:

  • Los contribuyentes que opten por no dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales podrán presentar la información de partes relacionadas al extranjero como límite el 30 de junio.

Sólo las personas físicas y morales que se encuentren en los siguientes casos pueden escoger dictaminar sus estados financieros:

  • Que en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a 100 millones de pesos.
  • Que el valor de su activo sea superior a 79 millones de pesos.
  • Que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio anterior.

3.16.11 Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero:

  • Para los efectos del artículo 239 del Reglamento de la Ley del ISR, que habla de las personas físicas que obtengan ingresos por intereses, el factor de acumulación aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de 2017, es cero.

3.23.18 Opción del pago del ISR diferido por concepto de pérdidas por enajenación de acciones (se refiere a que las empresas no pueden deducir pérdidas derivadas de la venta de acciones), señaladas en el artículo segundo, fracción IX de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR para 2016:

  • Los contribuyentes que sean sociedades controladoras que enajenen las acciones de sus sociedades controladas (empresas que poseen otras compañías y que manejan el uso y la venta de sus acciones) podrán pagar el impuesto diferido que les resulte a cargo al corregir dicha situación en cuatro pagos. Para esto, deberán presentar el aviso a más tardar el 30 de noviembre de 2018.

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