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¿Te harán una auditoría? Estos son los 12 criterios que deben seguirse

Si tú o tu empresa utilizan fondos públicos, esto es importante para ti.




auditoría
Foto: Shutterstock
12 febrero, 2018

Seas quien seas, si manejas recursos públicos federales, en algún momento te vas a cruzar con la Auditoría Superior de la Federación (o ellos se van a cruzar contigo). En términos generales, investigan a todos, desde personas físicas y morales hasta municipios, estados y los tres poderes. Cuando tienen toda esa información, les gusta elaborar dos documentos diferentes: Informe Individual de Auditoría e Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

Cuando la ASF te hace una auditoría, pueden enfocarse en cumplimiento financiero (obras públicas, investigaciones forenses), desempeño (para programas gubernamentales), gasto federalizado (estados y municipios) y auditorías a las tecnologías de la información. Si eres de los cínicos que creen que nada va a salir de esto, tal vez tengas razón. Pero, de todas formas, los resultados que pueden salir de estas auditorías van desde simples recomendaciones hasta llevarte ante el SAT por evasión fiscal y al Ministerio Público por algún otro tipo de crímenes.

Si no quieres que el SAT esté revisando todos y cada uno de tus papeles, tickets y facturas, te interesará saber que el 30 de enero se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos que deben seguirse cuando la ASF hace una auditoría. Entonces, si estás manejando dinero de los recursos públicos federales, por atención a estos doce criterios:

  1. Desde la planeación hasta el desarrollo de la auditoría, debe haber garantía de que los objetivos y alcances de la investigación siguen los marcos legales y normativos aplicables para su caso.
  2. Todo el proceso de las auditoría debe ser documentado con evidencia suficiente y relevante.
  3. En cada auditoría, deben generarse las observaciones, recomendaciones, acciones necesarios para que la ASF pueda emitir un dictamen.
  4. Los responsables de coordinar el desarrollo de la auditoría supervisarán las actividades programadas, al personal comisionado y a los profesionales habilitados para la investigación para que se ajusten a estos criterios.
  5. Los procedimientos deben quedar registrados en cédulas de auditoría, que serán parte del expediente individual de la auditoría.
  6. El expediente de auditoría será propiedad de la ASF. Las Unidades Administrativas auditoras serán responsables del expediente y deberán guardar la copia correspondiente.
  7. Deben darse a conocer las observaciones preliminares de las auditorías para que los afectados presenten las justificaciones y aclaraciones que correspondan. Si no se llega a un acuerdo con los auditados, la ASF puede hacer recomendaciones a otras autoridades (como el SAT).
  8. Los resultados y observaciones sólo podrán ser publicados cuando el Auditor Superior de la Federación presente los Informes Individuales de Auditoría y el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados.
  9. El comportamiento del personal estará basado en la política de integridad de la ASF.
  10. Los Informes de Auditoría se elaborarán conforme a los requisitos establecidos en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
  11. Las acciones que se deriven del Informe Individual de Auditoría o del Informe Específico se notificarán con dicho informe a las entidades fiscalizadas.
  12. Los servidores públicos de la ASF darán seguimiento a las observaciones y recomendaciones que reciban hasta su conclusión.

Si quieres saber más sobre las formas en las que te puedes meter en problemas con la ASF y lo que te puede llegar a pasar (o a alguien que conozcas porque tú no harías eso nunca), entra aquí.

Si quieres revisar el decreto oficial, da clic aquí.

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