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La maldad: El SAT puede impedir que factures

No le des al Servicio de Administración Tributaria ni un pretexto para ponerle un alto a tu actividad empresarial. Tu Certificado de Sello Digital puede quedar sin efecto a raíz de estas cinco causas.




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Foto: Shutterstock
24 enero, 2018

La maldad… La finalidad de este texto es explicarte exactamente por qué el SAT podría impedirte facturar. ¿Por qué haría eso? Todo bien: empecemos con lo básico. El Certificado de Sello Digital (CSD) es ese conjunto de archivos .cer (certificado), .key (llave privada) y su contraseña. Con el certificado, el SAT puede saber que, efectivamente, quien emite la factura es el “dueño” de la actividad, el que debe emitirla.

El CSD sirve para firmar digitalmente una factura emitida y hacerla oficial (lo que se conoce como timbrar); es importante mantener el CSD siempre vigente, aunque el SAT puede cancelártelo si le das mal uso, o por ciertas ocurrencias contempladas en el Código Fiscal de la Federación.

Una vez que se ha dejado sin efectos un Certificado de Sello Digital es imposible habilitarlo nuevamente; lo que debes hacer es tramitar uno nuevo, no sin antes hacer una aclaración ante el SAT (y esperar que éste te dé una respuesta favorable, claro).

Pero no tienes que llegar a esos extremos. Para que no te agarren desprevenido y te evites la pena, te decimos los casos en los que el sat puede invalidar tu certificado.

Por expedir CFDIs de donativos deducibles sin estar autorizado a recibirlos

Quienes están autorizados a recibir esos donativos son la federación, los estados y municipios, y también las donatarias autorizadas: sociedades o asociaciones civiles o instituciones de asistencia o de beneficencia publicadas en el anexo 14 de la Resolución Miscelánea 2017. Debes entonces tener autorización para recibir donativos deducibles y cumplir con tus obligaciones fiscales y de transparencia con respecto al manejo de los mismos. Fuimos testigos de esta medida por la atención que puso la institución hacia las donatarias en los días posteriores al sismo del 19 de septiembre.

Por no presentar tus declaraciones

El asunto va más allá de la multa habitual. Tal cual, si las autoridades detectan que no presentaste tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas, también puede dejar tu Certificado de Sello Digital sin efectos

Por poner en riesgo la confidencialidad de los datos de creación de firma electrónica avanzada del SAT

Suena a que trataste de hackear el sistema del SAT , pero no. Lo que suele suceder: que le facilites los archivos de tu certificado a tu contador, para que se encargue de un trámite (¡ya no lo hagas!) El SAT, de cualquier forma, difícilmente se dará cuenta de que un tercero tiene

tus archivos, a menos que ese tercero proporcione información falsa.

Por timbrar CFDIs que amparan operaciones falsas o ilícitas (¡pillo!)

Este es el lado oscuro. Si emitiste facturas de operaciones inexistentes, con datos falsos, recursos ilícitos, con las que estás cometiendo contrabando o, ya de plano, financiando terrorismo, lo más seguro es que el SAT invalide tu certificado y no puedas emitir más facturas.

Por señalar un domicilio fiscal falso

Es tu obligación como contribuyente dar aviso sobre cualquier modificación de tus datos, y el SAT puede hacer inspecciones al lugar que señalaste como tu domicilio fiscal. Si en una de esas no estás presente o nadie atiende, puede reportar al contribuyente como “no

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localizado”. Para tramitar tu nuevo certificado, además de lo habitual, debes presentar la actualización de datos del domicilio fiscal y además pedir la verificación del domicilio y atender al visitador.

 





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