Se modifica el concepto de unidad de medida de los CFDI
El cambio corresponde a la regla 2.7.1.28 de la Miscelánea Fiscal.
El primero de diciembre, fecha en que se volverá obligatorio el uso de la nueva factura electrónica, nos está pisando los talones. Con todo y esto, el SAT anunció otro cambio para la versión 3.3 de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).
El 4 de octubre el SAT publicó en su portal la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, donde entre otras cosas se menciona una modificación a la regla 2.7.1.28, que habla sobre el concepto de unidad de medida en los CFDI. Esta regla estipulaba que al prestar servicios u otorgar bienes temporales el contribuyente podía llenar el campo con la expresión NA o cualquier otra análoga.
En la modificación, el SAT establece que deberá registrarse la unidad de medida de acuerdo al catálogo Unidad de Medida (c_ClaveUnidad), que contiene las claves de las unidades de medida estandarizadas aplicables a la cantidad expresada en el concepto.
Si en el catálogo no se encuentra la clave correspondiente a la unidad de medida que se usó conforme a los usos mercantiles, el SAT señala que el tributario podrá señalar la clave “que más se acerque o asemeje”.
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