¡Hey Pyme! ¿Vas a usar Mi Contabilidad? tienes hasta el 10 de marzo para avisar
Esta plataforma está pensada facilitar la carga administrativa a las mipymes… Pero tiene un límite para dar aviso.
Las personas morales constituidas únicamente por personas físicas con ingresos menores a cinco millones de pesos, tienen hasta el 10 de marzo para mandar al SAT el aviso de actualización de actividades económicas para usar la plataforma Mi Contabilidad.
Esta plataforma fue puesta a disposición de los micro, pequeños y medianos empresarios a partir de este mes, para ayudar a calcular y declarar impuestos de manera simplificada y rápida, gracias a un esquema de flujo de efectivo. Mi Contabilidad permite clasificar las facturas electrónicas de ingresos y gastos para determinar automáticamente los pagos provisionales de ISR y definitivos de IVA.
Quien se decida por la opción de acumulación de ingresos podrá pagar el ISR mediante flujo de efectivo; es decir, acumulando ingresos efectivamente percibidos y deducciones efectivamente erogadas del periodo de que se trate. La otra opción es aplicar el coeficiente de utilidad a los ingresos efectivamente a los ingresos efectivamente percibidos. Quien use la acumulación de flujo de efectivo será relevado de enviar la contabilidad electrónica, enviar mensualmente su información contable y presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.
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