El domicilio de la capital no murió, sólo cambiará de sistema
Aún con nuevo nombre, se le debe pagar la ofrenda al SAT, se llame DF o CDMX. Toma nota.
Los sistemas de dirección fiscal deberán cambiar para que los comprobantes de este índole y toda la información relativa a estas, dejen de manejar el término y pasen a ocupar el de “Ciudad de México”. La fecha límite es el 31 de enero del 2017, mismo día que se deberá aprobar la primera constitución de la CDMX.
¡No teman al cambio! Éste no representará costo alguno para las empresas o personas físicas o morales. Eso sí, los poco más de 8 millones de registros deberán realizar el ajuste antes de la fecha mencionada.
¿Cómo debes hacerlo? Si en tus datos como emisor de factura aparece “Distrito Federal” deberás actualizarlo en el campo de “Estado” en la página web del SAT. En la pestaña que dice “Generación de CFDI”, ingresa a configuración de datos y haz el cambio en el campo de “Estado”. Posteriormente verifica que “Distrito Federal” no aparezca en el campo “Localidad”. Para finalizar, solamente da clic en “Guardar”.
Para el caso de personas físicas que no tengan la necesidad de emitir algún tipo de facturación, las autoridades locales como las nuevas alcaldías responsables como las se harán cargo del cambio, de igual manera es responsabilidad de cada contribuyente manejar su dirección con el nombre del nuevo estado: “Ciudad de México”. Año nuevo, ciudad nueva.
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