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El SAT alista envío de declaraciones prellenadas de IVA

La autoridad enviará estimaciones de pago a los contribuyentes para declaraciones provisionales y definitivas de ISR e IVA




29 abril, 2016

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) prepara cambios en la Miscelánea Fiscal para 2016 que añadirán reglas y opciones al envío de declaraciones prellenadas.

Estos cambios, que se harían oficiales una vez publicados en el Diario Oficial de la Federación, incluyen que la autoridad también enviará sugerencias de declaraciones prellenadas provisionales, definitivas y anuales de IVA e ISR.

Estas declaraciones prellenadas se enviarán a los contribuyentes en carácter de carta invitación, de forma similar a las propuestas de pago que envía mensualmente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

También se agrega la posibilidad que los causantes cuyos ingresos sean exclusivamente por salarios, podrán recibir una declaración prellenada con una sugerencia de pago al fisco. 

La declaración se enviará a través del buzón tributario, en caso de no tener el buzón, podrán ingresar a la página del SAT ya sea con su contraseña o con la firma electrónica donde podrán ver un aviso si tienen una declaración prellenada.

Si no reciben la carta de invitación con la declaración prellenada, deberán hacer su declaración fiscal de la forma tradicional.

Las propuestas de pago se enviarán de manera automática con base en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (facturas electrónicas), cuando detecte que el causante no ha declarado adecuadamente sus impuestos.

El SAT considera que no se han declarado correctamente los impuestos cuando se obtuvieron ingresos en el periodo vencido pero no se informaron, cuando se realiza la declaración anual en ceros pero los CFDI contradicen esa información o cuando los ingresos declarados son diferentes a los de las facturas electrónicas asociadas a ese RFC.

Si el contribuyente decide pagar la línea de captura contenida en la declaración prellenada, se considera que el causante se habrá “autodeterminado” y que la declaración correspondiente a ese periodo ya fue realizada.

Sin embargo, quien así lo desee podrá presentar una declaración complementaria, a través del portal del SAT en el apartado Servicio de Declaraciones y Pagos. Deberá llenar la sección “Monto pagado con anterioridad” con los detalles de la declaración prellenada.

Quienes opten por las declaraciones prellenadas, deben recordar que no todos los CFDI son deducibles, que algunos son deducibles de forma parcial, o que se deducen en varios momentos de forma diferida (como las inversiones).

 





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