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Corte rechaza cobro de cuotas en universidad de Michoacán

Los ministros desecharon el proyecto que presentó Jorge Pardo Rebolledo, que planteaba negar el amparo a la estudiante María de los Ángeles Cárdenas, quien se inconformó en contra el cobro de cuotas de inscripción en la Universidad de San Nicolás de Hidalgo.




14 enero, 2016

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el proyecto que declaraba constitucional el cobro de cuotas de inscripción a los alumnos de la Universidad de San Nicolás de Hidalgo, en Michoacán.

Por cuatro votos contra uno, los ministros desecharon el proyecto que presentó Jorge Pardo Rebolledo al considerar que no hay razón para que deje de aplicarse el artículo 128 de la constitución de Michoacán, que establece la gratuidad de la educación superior.

“El artículo debe permanecer y no hacerse regresivo”, precisó José Ramón Cossío Díaz, quien fue apoyado por Norma Piña Hernández y Arturo Zaldívar, mientras que Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena dijo que votaba en contra del proyecto, pero por otras consideraciones.

El asunto será returnado a otro ministro para que elabore una nueva propuesta y la presente a la sala.

Pardo Rebolledo señaló en su propuesta que la constitución establece que el Estado no está obligado a impartir educación gratuita, “pero sí” debe impartir educación  de calidad y aseguraba que las universidades autónomas cuentan con “libertad patrimonial” para cobrar cuotas o colegiaturas.

La propuesta planteaba negar el amparo a la estudiante María de los Ángeles Cárdenas Alvarado, quien se inconformó en contra el cobro de cuotas de inscripción en la Universidad de San Nicolás de Hidalgo.

El ministro argumentó que las universidades autónomas, al no ser parte del Estado, están en su derecho de imponer diversos cobros a sus estudiantes.

La Universidad Nicolaíta recibió en 2013, un total de 48 millones 851,000 pesos por concepto de cuotas, a razón de 420 pesos semestrales por alumno.

“No creo que el concepto de Autonomía Universitaria genere esta independencia, de las universidades públicas respecto a los gobiernos estatales”, dijo Cossío Díaz al emitir su voto.

Consideró que en el caso de Michoacán el derecho a la gratuidad, dispuesto en el artículo 28 de la Constitución local, debe permanecer y no hacerse regresiva, por lo que votaré en contra del proyecto (con información de La Jornada y Noticias MVS).

 





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